Un espacio confinado es aquel lugar de área reducida o espacio con abertura limitada de entrada y salida, constituido por maquinaria, tanques, tolvas o labores subterráneas, en el cual existen condiciones de alto riesgo como falta de oxígeno, presencia de gases tóxicos u otras similares.
Para jefes de seguridad, supervisores SSOMA y responsables de operaciones, identificar correctamente qué cuenta como espacio confinado dentro de su instalación es el primer paso para gestionar uno de los riesgos más serios de cualquier operación industrial, minera o de construcción: el que no siempre es visible hasta que ya es tarde.
¿Qué riesgos implican los trabajos en espacios confinados?

Los riesgos de los espacios confinados están directamente ligados a las características que los definen: poca ventilación natural, acceso limitado y, con frecuencia, procesos o materiales que alteran la atmósfera del lugar.
- Deficiencia de oxígeno: la atmósfera dentro de un espacio confinado puede tener menos oxígeno del necesario para respirar con seguridad, sin que sea perceptible a simple vista.
- Presencia de gases tóxicos: acumulación de monóxido de carbono u otros gases peligrosos, generados por procesos de combustión, descomposición o residuos del propio espacio.
- Dificultad de evacuación: la abertura limitada de entrada y salida que define a un espacio confinado es, en una emergencia, el mismo obstáculo para sacar a un trabajador rápidamente.
- Atmósferas explosivas: acumulación de gases o vapores inflamables en espacios con ventilación restringida.
Por la combinación de estos riesgos, trabajar en un espacio confinado exige un Permiso Escrito de Trabajo de Alto Riesgo (PETAR), tal como exige la normativa peruana del sector minero. Puedes revisar nuestro artículo sobre tipos de PETAR para entender cómo se gestiona ese permiso en la práctica.
Tipos de espacios confinados en minería
Los tipos de espacios confinados no se limitan a tanques o cámaras cerradas. En el sector minero, el reglamento peruano es explícito sobre qué labores subterráneas cuentan como tales: las chimeneas convencionales en desarrollo y los piques en desarrollo o profundización son considerados espacios confinados, con todas las exigencias de seguridad que eso implica.
Esto significa que un espacio confinado no siempre es un recinto cerrado en superficie: también puede ser una labor subterránea en proceso de construcción, donde la ventilación y la vía de escape todavía no están completamente desarrolladas.
¿Qué exige la normativa peruana para trabajar en espacios confinados?

En el sector minero, el artículo 132 del D.S. 024-2016-EM exige que, para los trabajos en espacios confinados, se cuente con:
- Equipos de monitoreo de gases con certificado y calibración vigente, para verificar la seguridad del área de trabajo.
- Equipos de protección personal (EPP) adecuados.
- Equipos de trabajo y ventilación adecuados.
- Equipos de comunicación adecuados.
- Colocación visible del permiso de trabajo.
Además, el artículo 75 del mismo reglamento establece que los trabajos en espacios confinados deben formar parte obligatoria del contenido de capacitación del personal, junto con otros riesgos de alto impacto como el trabajo en caliente y el bloqueo de energías.
En el sector construcción, la Norma G.050 “Seguridad durante la construcción” (aprobada por el D.S. N.° 010-2009-VIVIENDA) también regula condiciones de seguridad aplicables a este tipo de trabajos, aunque su articulado específico sobre espacios confinados no forma parte de la verificación normativa de este artículo.
H2: Preguntas frecuentes
¿Qué es un espacio confinado según la normativa minera peruana?
Según el glosario del D.S. 024-2016-EM, es aquel lugar de área reducida o espacio con abertura limitada de entrada y salida, constituido por maquinaria, tanques, tolvas o labores subterráneas, con condiciones de alto riesgo como falta de oxígeno o presencia de gases tóxicos, que requiere Permiso Escrito de Trabajo de Alto Riesgo (PETAR).
¿Una chimenea o un pique en una mina se considera espacio confinado?
Sí. El artículo 132 del D.S. 024-2016-EM establece explícitamente que las chimeneas convencionales en desarrollo y los piques en desarrollo o profundización son considerados espacios confinados.
¿Qué equipos se necesitan para trabajar en un espacio confinado?
Según el artículo 132 del D.S. 024-2016-EM: equipos de monitoreo de gases con certificado y calibración vigente, equipos de protección personal (EPP) adecuados, equipos de trabajo y ventilación adecuados, equipos de comunicación, y el permiso de trabajo colocado de forma visible.
¿Es obligatorio capacitar al personal en trabajos en espacios confinados?
Sí. El artículo 75 del D.S. 024-2016-EM incluye los trabajos en espacios confinados como contenido obligatorio de capacitación para el personal que opera en minería.
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